Estimado/a colegiado/a,
Ante las últimas informaciones anunciadas desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas en relación a la sentencia emitida el pasado 10 de mayo; SENTENCIA núm. 181 / 2021 Juzgado Mercantil núm. 3 de Valencia (para la que cabe recurso de apelación) sobre el registro de la marca CGCODN, y con el objetivo de arrojar luz sobre algunos aspectos y evitar confusiones, desde el CODINCAM os informamos que se trata de un proceso que que corresponde al Consejo General de Colegios Oficial de Dietistas-Nutricionistas, quien ya ha emitido un comunicado que puedes leer aquí, y no interfiere en modo alguno en el conflicto que se está dirimiendo en los juzgados de lo contencioso-administrativo.
En cuanto a la sentencia nº 216/2021 del TSJ de Valencia, de la que este Consejo también informó parcialmente hace unos días, tenemos la obligación de informaros que es totalmente ajena al CODINCAM (adjuntamos circular aclaratoria al respecto), a pesar de lo que se haya podido interpretar, ya que responde a una demanda interpuesta por otro colegio profesional para la que todavía queda recurso, al no ser una sentencia en firme. La demanda que sí interpuso el CODINCAM contra el proceso de constitución de este organismo todavía no está resuelta y su proceso sigue abierto, siguiendo los cauces y tiempos legalmente previstos, al igual que ocurre con las otras cinco demandas emprendidas por otras corporaciones colegiales autonómicas contra esta entidad, que todavía siguen sin resolverse.
Consideramos prudente esperar a pronunciarse oficialmente como Colegio hasta que estas sentencias sean firmes para no generar una desinformación que en ningún caso favorece a la profesión. Como siempre hemos hecho, os mantendremos al tanto, en tiempo y forma, de todas las cuestiones relativas al proceso judicial iniciado por el CODINCAM pero, en esta ocasión, considerábamos conveniente aclarar las comunicaciones que se están realizando, para no dar lugar a malas interpretaciones.
Un saludo,
La Junta de Gobierno del CODINCAM